Agüimes
De *agūmăs > aggûmes > agguimes, n. vb. m. sing. lit. ‘embeleso, encanto, hechizo’, p. ext. ‘santidad’, p. ext. ‘lugar de especial virtud’.
*g > ggʷ > w(w), por labialización. *ū > ui, por refracción o armonización (de la vocal tónica) con la vocal característica (ă) (abierta).
G·M·S
1. GC. ant. Top. Municipio en el sureste de la Isla, ubicado entre Ingenio y Santa Lucía de Tirajana. Expr. t.: Aguimes, Aguimez, Agüímez, Aguymes, Agüymes, Aguymez, Guemes, Guimes.
§ «[…] porque iendo exploradores a rejistrar i uer la isla llegaron a Aguimes, población de Canarios una legua de la mar, onde estauan preuenidos i ocultos sperando los christianos desde que vieron los nauíos i allí fue tan trauada la pelea que fue milagro scapar algunos de manos de los canarios […]» [Gómez Escudero (ca. 1484) 1993: 387].
§ «Trató Herrera mañosamente de haçer paçes con un tuerto canario, hombre robusto y ancho de miembros, llamado Tarira, astuto i mañoso, i mui valeroso, que viuía dos leguas de Gando apartado de Aguimes» [Gómez Escudero (ca. 1484) 1993: 390].
§ «[…] i los canarios ya dissimulaban extorciones, tanto que salieron de el fuerte una madrugada zinquenta hombres o más a hacer presa de buena cantidad de ganado que andaba // passiendo junto de Aguimes i parese traerlo allí de propósito» [Gómez Escudero (ca. 1484) 1993: 390-391].
§ «Primeramente, esta isla de Canaria según relación de los Canarios, fue gouernada entre capitanes o muchos señores quando vino a ella Juan de Betancourt [ya había un] Rey solo llamado Artemys, que murió en Agüimes en un reencuentro contra los franseses» [Gómez Escudero (ca. 1484) 1993: 441].
§ «[…] pues como una madrugada el castellano mandase jente sobre un lugar que llaman Aguimes, onde tomaron muchos ganados de cabras mansas […]» [Cedeño (ca. 1490) 1993: 350].
§ «1491 Enero (s.d.). Sevilla (f. 193). Iniciativa a las justicias de Gran Canaria, para que determinen en la demanda presentada por Juan de Molleda, vecino de dicha isla, que reclama a Gonzalo Arias, vecino del lugar de Agüimes, un pedazo de tierra sembrada de pan, una huerta y una casa situados en dicho lugar que le cambió por un muchacho canario de 12 o 13 años, dado que se lo dió como de buena guerra y luego fue tomado por el obispo de Canaria, por ser libre» [Aznar 1981: 45 < AS-RGS, ?-I-1491].
§ «1491 Abril 10. Carmona (f. 10). Merced a fray Miguel López de la Serna, obispo de Gran Canaria y Rubicón, y a sus sucesores del lugar y heredamiento de Agüimes, con sus rentas y pechos, salvo rentas reales, cargo y descargo, monedas, pedido y moneda forera, y con jurisdicción civil, reservándose el rey la criminal. El Rey y la Reina. Acordada: Andreas» [Aznar 1981: 59 < AS-RGS, 10-IV-1491].
§ «1494. Febrero 7. Valladolid (f. 216). Iniciativa al gobernador o juez de residencia de las islas de Canaria, para que entiendan en la demanda presentada por Pedro de Santana vecino de dichas islas, que reclama, como procurador del deán y cabildo de la iglesia catedral de Canaria, ciertas tierras de secano y de regadío que Juan de Vega y Alonso de San Martín, vecinos que fueron de dichas islas, legaron al cabildo en Telde, Agüimes y villa del Real de Las Palmas y de las que el concejo no les deja tomar posesión, a pesar de que los donantes las poseían por repartimiento y merced real. Don Alvaro. Juan. Antón. Husillos. Malpartida. Pedrosa. Castillo» [Aznar 1981: 75 < AS-RGS, 7-II-1494].
N. B. Wölfel (1965: 704) incluye otra referencia a un documento (AS-RGS) fechado el 6 de febrero de 1494, donde aparece: «logar de guemes».
§ «Aragüimes» [Bernáldez (1495) 1993: 515].
§ «1498. Marzo 8. Alcalá de Henares. Orden a Lope Sánchez de Valenzuela, gobernador de Gran Canaria, para que informe al Consejo de los términos del lugar de Agüimes, que fueron dados dentro de los límites que señalase Pedro de Vera, gobernador que fue de Gran Canaria, al obispo fray Miguel de la Serna y que ahora pretende amojonar el obispo don Diego de Muros, a lo que se oponen los vecinos de dicha isla por considerar que dicha donación no incluye a este obispo y por el mal que recibiría la isla, al estar dichos terminos muy cerca de las mejores pesquerías y puertos de la isla, especialmente el de Agudón, y ser zona rica en pastos […]» [Aznar 1981: 90 < AS-RGS, 8-III-1498].
N. B. Wölfel (1965: 704) transcribe: «logar de guimes».
§ «1503 Abril 6. Alcalá de Henares. Orden al gobernador de Gran Canaria, a petición de Bartolomé Ramírez Nieto, procurador del concejo y vecino de dicha isla, para que actue contra las personas que se refugian en el lugar de Agüimes, jurisdicción de obispo de Canaria, para no pagar las deudas que tienen contraídas con dicho concejo, autorizándole para obligarlas a salir de dicho lugar, en caso necesario. Don Alvaro. Petrus. Zapata. Tello. Carvajal. Santiago. Ramírez. Polanco» [Aznar 1981: 117 < AS-RGS, 6-IV-1503].
§ «1511 Septiembre 21. Burgos. Iniciativa a Lope de Sosa, gobernador de Gran Canaria, para que determine en la petición de García de Herrera, procurador de dicha isla, que reclama que sea ejecutada la sentencia que dio el difunto Antonio de Torres, gobernador de la isla, a favor del concejo de la misma, en el // pleito que siguió con el obispo don Diego de Muros, ya difunto, por la posesión del lugar de Agüimes. Conde Alférez. Muxica. Carvajal. Sosa. Cabrero. Ramírez» [Aznar 1981: 174-175 < AS-RGS, 21-IX-1511].
§ [Aznar 1981: 181 < AS-RGS, 5-VI-1512]; [Aznar 1981: 212-213 < AS-RGS, 14-VIII-1514]; [Aznar 1981: 215 < AS-RGS, 30-XI-1514]; [Aznar 1981: 237-238 < AS-RGS, 29-I-1517]; [Aznar 1981: 240 < AS-RGS, 29-VIII-1517]; [Aznar 1981: 242 < AS-RGS, 6-XI-1517]; [Aznar 1981: 242 < AS-RGS, 6-XI-1517]; [Aznar 1981: 150 < AS-RGS, 24-III-1508].
§ «[Apéndice 4 / Autos sobre los linderos / (1502-1517)] […] e por ser la dicha Villa [de Agüimes] en tiempo de canarios muy antigua población e tanto que no avía memoria del principio de la fundación della e más antigua que la dicha ciudad de las palmas que pretendía ser agraviada […]» [Cazorla León 1984: 100].
§ «[Apéndice 4 / Autos sobre los linderos / (1502-1517)] […] ni tenía derecho alguno al dicho lugar de aguymes e que no se le avía fecho agravio alguno al dicho Obispo pues por el dicho proceso ansímismo constava estar / 19. la dicha isla en posesión quieta e pacífica de comer con sus ganados todos los términos pastos prados de toda la dicha isla e de cortar los montes della e pescar en los puertos a baías (bahías?) e abrevar sus ganados en las fuentes e aguas de toda la dicha isla la cual no se avía tenido solamente después que se avía ganado de los infieles que la tenían por? antes que se ganase se usava e guardava ansí en lo cual injusta e no devidamente el dicho obispo don Diego de Muros avía inquietado e perturbado a los vezinos e moradores de la dicha isla queriendo de fecho apropriar el dicho lugar de aguymes e tomar para sí mucha distancia de tierra en que podrá aver cuatro leguas alderredor dentro de los cuales tomava e ocupava muchos prados e pastos e abrevaderos e puertos de mar? e abias e montes e aguas e defendía que los ganados de la dicha isla no entrasen en ellos a pacer ni benir ni fazer otro ningún aprovechamiento no teniendo el dicho lugar o villa de aguymes término limitado alguno que suyo fuese ni le perteneciese como estava probado e averiguado porque si algunos testigos dezían aver oido dezir tener término limitado por otros muchos afirmativamente se provava no lo tener más de aver en él una santidad donde los dichos canarios se acogían con sus ganados en tiempos de guerras para estar seguros como en otras partes muchas que avía semejantes en la dicha isla e que de la dicha / 20. santidad serían los mojoenes [sic] si algunos oviese e que el dicho lugar era aldea de la ciudad de Telde donde residía el Rey de la dicha isla ni obstava dezir que el dicho don Diego de Muros oviese fecho casa e huerta en el Carrizal porque aquello tenía ocupado e tomado injustamente a la dicha isla sin título alguno […]» [Cazorla León 1984: 101].
§ «[Apéndice 4 / Autos sobre los linderos / (1502-1517)] […] e que caso que el dicho obispo toviese merced del dicho lugar aquella se avía de restringir e no ensanchar / 22. en perjuizio de nuestro patrimonio real e que si algunos mojones se oviesen fallado aquellos serían de la dicha santidad e sepolturas de canarios porque se enterravan cada uno por sí y apartados por los campos faziendo sobre ellos un montón de piedras e hurcando un palo por señal […]» [Cazorla León 1984: 102].
§ «Las dichas espías fueron a dar sobre los canarios que estaban sobre Agüymes tan apersebidos desde que uieron surjir los nauíos y saltar la gente en tierra que mataron de los nuestros veinte y sinco onbres y hirieron más de treynta con lo qual se rretiraron vn poco y hisieron fuerte en un sitio que lo era hasta que aflojaron los canarios y se fueron de allí» [Ovetense (1478-1512: 101v) 1993: 116].
§ «[…] y el otro [guadnarteme] tenía el lugar de Telde y el de Agüymes con otras estancias comarcanas de canarios» [Ovetense (1478-1512: 127r) 1993: 160].
§ «[…] En el lugar de Aguimez que es en esta ysla de la Grand Canaria en çinco dias del mes de Agosto año del nasçimiento de nuestro salvador Ihesu Christo de mill e quinientos e diez e seys años estando en visitaçion del dicho lugar el noble e generoso caballero el señor Lope de Sosa governador e justiçia mayor desta dicha ysla por sus magestades e Garçia de LLerena e Cristobal de Serpa Regidores deputados para la dicha vysitaçion en presençia de mi Juan de Ariniz escrivano mayor del cabildo desta dicha ysla ante los dichos señores gobernador e Regidores fue presentada una petiçion de Alonso de Matos bezino desta ysla su tenor de la qual es este que se sigue […]» [RGC (5-VIII-1516, fol. 76v) 1998: 142].
§ «1517 Enero 29. Madrid. Orden a las justicias de las islas de Gran Canaria, para que guarden la sentencia dada por el Consejo en el pleito entre don Fernando de Arce, obispo de dichas islas, y el concejo de Gran Canaria, sobre los términos del lugar de Agüimes. […] Indicó, además, [el obispo don Pedro de Ayala], que el gobernador Lope de Sosa, aparte de lo contenido en la sentencia repartió ciertas tierras y un ingenio que está más cerca de Agüimes que la casa y huerta edificada por don Diego de Muros en el Carrizal, reedificada por orden real a costa del gobernador Lope Sánchez de Valenzuela, que la había derribado, lo que prueba que aquéllas también están fuera de realengo y que Agüimes tiene términos, los cuales existían ya en tiempo de los canarios, aunque no hubiese memoria de ellos por ser la villa más antigua que la ciudad de Las Palmas, y que Antonio de Torres los había hallado, aunque algunos testigos pensaron que eran atalayas de pescadores y otros sepulturas de canarios. Todo lo cual fue notificado a Diego de Rojas, procurador de la isla. A raíz de la apelación, se nombró receptor en dicha causa a Rodrigo de Guadiana, escribano público, ante quien Enrique Yañes afirmó, en nombre de la isla, que no existían tales límites, ya que los mojones se trataban de una santidad donde los canarios se acogían en tiempo de guerra, como las había en muchos lugares de la isla, y dado que dicho lugar era una aldea de la ciudad de Telde, donde residía el rey de la isla» [Aznar 1981: 237 < AS-RGS, 29-I-1517].
§ «[…] Juan Montañes y Luis Bristol vezinos de la çibdad de Telde besamos las manos de vuestras señorias e les suplicamos nos hagan merçed de un pedaço de tierra que es en la comarca desta dicha çibdad en que puede aver sesenta hanegadas en senbradura que ha por linderos de la una parte el camino que va a Aguimes y de la otra parte de arriba las montañas de Aguia y por el lado un barranco seco que esta junto al Barranco de Aguatona y de estrota parte otro barranco que va a dar a las dichasmontañas en lo qual de mas de administrar justiçia vuestras señorias nos haran bien y merçed […]» [RGC (14-II-1536, fol. 63r-64v) 1998: 124].
§ «[…] Diego de Reyna venizo de la çibdad de Telde beso las manos de vuestras señorias y les suplico me hagan merçed de me dar un pedaço de tierra montuosa que es en la comarca de Telde a Aguimes desa parte / del barranco de Diego de Silva hazia Aguimes que ha por linderos de la una parte el camino propio que va a dar a Aguimes como van a Telde a la mano yzquierda e de la otra parte tierras que pidio Juan de Aday e de la otra parte el Charco que dizen de Domingos Vaez […]» [RGC (27-IX-1536, fol. 78r) 1998: 145-146].
§ «[…] Fernand Moro calçetero e Alvaro Rodriguez vezinos desta ysla besamos las manos de vuestras señorias y les suplicamos nos hagan merçed de un pedaço de tierras de sequero que es adelante del barranco de Diego de Silva hazia Aguimes las quales dichas tierras son y comiençan desde la Atalaya hasta llegar a las tierras de Gonçalo Perez que estan a la banda de abaxo en que podria aver çinquenta hanegadas de senbradura poco mas o menos // las quales son tierras que hasta agora no se an aprovechado de nadi e en darsenos a nosotros reçibiremos merçed […]» [RGC (2-X-1536, fol. 63r-64v) 1998: 118-119].
§ «[…] Françisco Perez Calvillo vezino de la çibdad de Telde beso las manos de vuestra señoria e le suplico plegan saber que entre Aldea Blanca e Poso Lantisco que es en el termino y comarca de aquella banda de Aguimes esta un sitio e lugar comarcano a la mar lo qual esta ynutil e desaprovechado e yermo como cosa alongada de poblado en quien nadie ha fecho ni yntentado aprovechamiento […]» [RGC (11-V-1537, fol. 55v) 1998: 103-104].
§ «[…] E luego paresçio Juan de Abila vezino de Aguimes e dixo que lo contradize porque una suerte de tierras es suya de lo que el susodicho pide, e luego Rui Diaz en nombre de Diego Diaz su hermano e como su mayordomo dixo que lo contradize por que mucha parte de las dichas tierras perteneçen al dicho su hermano» [RGC (2-VIII-1538, fol. 34v; 35r) 1998: 65; 67].
§ «[…] se presento una petiçion de Bartolome de Tovilleja vezino desta isla en Aguimez su tenor de la qual es este que se sigue […]» [RGC (2-IX-1538, fol. 69r) 1998: 130-131].
§ «[…] Ana Hernandez biuda muger de Salvador Ximenez difunto besa las manos de vuestra señoria e // dize que ençima de Temiças termino de Aguymez donde ella mora de diez años e mas tienpo a esta parte estan çiertos pedaços de tierras de sequero montuosas e desaprovechadas en las quales ella e el dicho su marido desmontaron quatro o çinco hanegadas y las an senbrado çinco o seys años […]» [RGC (17-IX-1540, fol. 44r) 1998: 82-83].
§ «[…] Alonso de Morales vezino de Telde besa las manos de vuestras señorias e les suplica que me hagan merçed de un pedaço de tierra de çequero que esta en el camino de Aguimes […]» [RGC (25-X-1540, fol. 47r) 1998: 86-87].
§ «[…] Bartolome de Tovilleja vezino desta isla en Aguimes veso las manos de vuestras señorias e digo que puede aver quatro años poco mas o menos que me fueron dadas en Aguimes por la yglesia treynta hanegadas de tierra para senbrar que lyndan por la una parte el barranco del dicho lugar de Aguimes e de otro cabo el barranquillo de la huerta del Carrizal e de la parte de arriba tierras de Alonso Garçia e tierras de los herederos de Bartolome Pelos […]» [RGC (16-VII-1543, fol. 88r) 1998: 161-162].
§ «[…] En beynte dias del mes de agosto año del nasçimiento de nuestro salvador Ihesu Christo de mill e quinientos e quarenta e tress años en el Carrizal comarca del lugar de Aguimes que es en esta ysla de la Grand Canaria […]» [RGC (20-VIII-1543, fol. 82r) 1998: 153].
§ «[…] Sancho Martinez de Cadiz beso las manos de vuestras señorias y les suplico me hagan nueva merçed de un pedaço de tierra que yo e conprado de los menores hijos de Rodrigo Larios que son en la comarca de Aguimes que se dizen los Mondragones […]» [RGC (26-XI-1543, fol. 72v) 1998: 135-136].
§ «[…] E por los dichos señores vista mandaron que se apregone en la çibdad de Telde dos dias de fiesta a las puertas de las yglesias quando la gente saliere de misa mayor y el escrivano asyente sy oviere contradiçion e en Agüimes lo mesmo […]» [RGC (25-I-1549, fol. 277r) 1998: 446].
§ «[…] Juan Batista Amoreto beso las manos de vuestras señorias y les suplica le hagan merçed de seys hanegadas de senbradura que son en el barranco de Aguimes en los Mondragones dentro de la serca que la presente esta hecha […]» [RGC (17-IV-1553, fol. 135r) 1998: 228].
§ «[…] Lope Sanchez Calderon vezino de la villa de Aguimes beso las manos de vuestras señorias e les suplico thengan por bien de me hazer merçed de un pedaço de tierras que es en la comarca de Aguimes en que puede aver çinquenta hanegadas de tierras que se puedan aprovechar […]» [RGC (2-VI-1553, fol. 124r) 1998: 218].
§ «[…] Martin de Mireles venizo desta ysla en la çibdad de Telde beso las manos de vuestras señorias y les suplico me hagan merçed de me dar un pedaço de tierras de sequero en el termino de Aguimes en que podra aver doze cayzes de tierra montuosas que no se an labrado ni edificado que fuiyan por linderos un camino que sale de Aguimes por detras del pueblo que es por donde se suven y trayn lena para el yngenio y desde el dicho camino para abaxo por la halda de huna montana que esta tras del dicho pueblo todo quanto pudiere cavalgar una asequia que se puede sacar para las regar y por alli abaxo azia la mar asta donde alcansare […]» [RGC (17-V-1553, fol. 124r) 1998: 229].
§ «[…] Françisco Diaz vezino de Aguimes […] suplico me agan merçed de unas tierras que yo tengo e poseo que me dexo mi padre en que puede aver quarenta fanegas de tierra poco mas o menos las quales tierras a honze años que las tengo e siembro paçificamente e por que no hallo el titulo dellas suplico a vuestras señorias me lo manden dar e son las tierras en termino de Aguymes lynderos de la una parte el barranquillo que dizen del Agua Marfuz e por la vanda de abaxo el camino que va del Carrizal a Gando e de otra parte el barranquillo que sale de tierras de Françisco de Burgos escrivano de Telde e la vanda de arriba una montaña […]» [RGC (1-VI-1554, fol. 337v) 1998: 581].
§ «[…] E por los dichos señores gobernador e regidores vista mandaron que se apregone en Aguimes, Temisas e Tirahan con los curas de los pueblos lo digan en dias de fyesta a la puerta de las yglesyas quando la gente salyere de la misa mayor e asyenten la contradiçion sy la ovyere. [Rúbrica]. / E paresçe que conforme a lo mandado por los señores justiçia e Regimiento desta ysla la dicha petiçion fue publicada en los lugares de Tirahana e Aguymes como por los abtos dello paresçe que son los que se siguen […]» [RGC (1-VI-1554, fol. 337v) 1998: 581].
§ «[…] Pedro Ximenez Casarola e Pero Hernandez Castellano vezino en Aguimez besamos las manos de vuestras señorias e les suplicamos nos hagan merçed de nos dar trezientas o quatroçientas fanegadas de tierras para pan sembrar e para otras heredades de viñas e otras cosas que se puedan poner e plantar que son en la comarca de Aguimez que hasta oy no se an aprobechado de ninguna persona, que tienen por linderos el barranquillo que dizen del Ancon e con un pedaço de tierras que pidieron Juan Aliman e Bastian de Adae e por abaxo el camino que va de Aguimes a dar al Roque de Aguayro e barranco que viene de Temisas e desde el Roque de Aguayro al cuchillo arriba a dar a la montaña que esta arriba del camino que va a Temisas e por ally arriba derecho todas las tierras de probecho que oviere hasta alyndar con tierras que se dieron a la muger de Gonzalo Perez vezina de Telde e de alli a dar al barranco de Guayadeque y el barranco abaxo hasta un barranquito que dizen las colmenas de Juan Grande, e del dicho barranquyto a dar a la yglesya de Nuestra Señora de las Nyebes e a dar al dicho camino por lindero […]» [RGC (18-VII-1554, fol. 149r) 1998: 240].
§ «[…] Juan Aliman e Bastian de Aday besamos las manos de vuestra señoria e le suplicamos nos hagan merçed de çient fanegadas de tierras montuosas que nunca an sydo aprobechadas ni desmontadas que son en la comarca de Aguimes en los Pajonales que dizen que an por linderos el camino que va de Aguimes por Nuestra Señora de las Nieves de la dicha villa / que va para Tirahana por la banda de abajo a dar al barranco que dizen de queva blanca y del barranco arriba a dar a la montaña Bermeja e por otro cabo por el lado el barranquillo del Sobradillo do esta el corral de las vacas e por la parte de arriba el llano çercado que dizen el Llano de Cristobal […]» [RGC (24-VII-1554, fol. 131r) 1998: 223-224].
§ «[…] Bartolome de Tobillejas beso las manos de vuestras señorias e digo que yo tengo un titulo y merçed de çiertas tierras en la comarca de Aguimez de que vuestras señorias me hizieron merçed que an por linderos el camino que va de Telde para Aguimez el de arriba y el camino que va de Aguimes para el puerto de Gando como ba a abaxo hasta una montañeta y con el camino viejo de las carretas y lindero con el barranco de Aguatona arriba hasta dar al camino» [RGC (17-VIII-1554, fol. 169r) 1998: 258].
§ «[…] y luego [Diego de Herrera] echó espías sobre los Canarios para que explorassen la tierra y viessen su disposición las dichas espías fueron a dar sobre los canarios que estaban sobre Agüimes […]» [Lacunense (ca. 1554) 1993: 192].
§ «[…] y el otro [guanarteme] tenía el lugar de Telde, y el de Agüimes con otras estancias comarcanas de Canarios» [Lacunense (ca. 1554) 1993: 223].
§ «Sepan cuantos esta carta vieren como yo Juan Bartolome, como principal, y yo Marcos de Avila, como su fiador e principal pagador, vecinos que somos de esta villa de Agüimes, […] otorgamos e conocemos por esta presente carta que nos obligamos de guardar y guardaremos la vega de los panes de riego de la Vega de Aguatona de esta villa, que es desde el barranco de Guayadequede [sic] y el acequia real que sale del parral y cercado del albercón que fue de Pedro Saba y va a dar sobre el molino que fue de Juan Alvarez y el camino que sale del ingenio y así a dar al barranco de Aguatona hasta la mar lo que es vega y se suele guardar por otras guardas […]» [AHPLP, Escribano: Francisco Díaz Peloz, Protocolo 2.487, s/fols. (1590)].
§ «Llegados los Nauíos delos Mallorquínes â esta ysla de canaría, que fue cíerta su uenída, tomando puerto en Gando entre el puerto de Telde y el de Aguímes […]» [Abreu (ca. 1590: I, 7) d. 1676: 10v].
§ «[…] y aparejando [Juan de Betancor] los nauíos que leparecío ser menester con mas copía de gente, víno ala ysla de Gran Canaria año de 1406 por el mes de Nouiembre que son en // estas yslas las calmas, y surgío en el puerto de Gando entre Aguímes, y Telde, dos pueblos que estan vna Legua la tíerra a dentro […]» [Abreu (ca. 1590: I, 19) d. 1676: 25v-26r].
§ «[…] y comunícandolo con su yerno Díego // de Sílua, se pusíeron en orden, y embarcandose sevíníeron â esta ysla de Gran Canaria y tomaron puerto en Gando, entre Telde, y Aguímes» [Abreu (ca. 1590: I, 25) d. 1676: 32r-32v].
§ «Los Canarios queviníeron por embajadores, y de donde, son los siguientes = Acosayda, deTelde: Egenenacar, de Aguímes: Vildacane, de Texeda: Aridanŷ de Aquerata y Saco, de Agaete: Achutíndac, de Galdar; Adeun, deTamaraseyte; Artenteyfac, de Artevírgo; Ahuteyga, de Atíacar; Guriruquían, de Arucas» [Abreu (ca. 1590, I, 29) d. 1676: 36r].
§ «[…] Artemís que despues reynô en cuío tíempo víno el Capitán Juan de Betancor ala conquista de estas yslas, y envn recuentro que tubo junto â Guímes, lo mataron» [Abreu (ca. 1590: II, 7) d. 1676: 46v].
§ «Las dichas // espías fueron sobre los Canarios questauan en lo alto de un lugar que llaman Agüimes […]» [López de Ulloa (1646: 9r) 1993: 267-268].
§ «Y el otro [guadarteme] tenía el lugar de Telde y el de Agüimes con otras estançias comarcanas de Canarios» [López de Ulloa (1646: 70r) 1993: 312].
§ «Distante desta ciudad [de Telde] dos leguas está otro lugar que se llama de Agüimes» [López de Ulloa (1646: 84v) 1993: 320].
§ «El lugar de Aguimez es Camara Epiſcopal, tiene buena Igleſia con ſu Cura, cogenſe de todos frutos» [Núñez de la Peña (1676) 1994: 100].
§ «El tercer obispo de gran Canaria fué D. Diego de Muros natural de la villa de Muros en el reyno de Galicia. Fué grandísimo teólogo y acérrimo defensor de la jurisdiccion eclesiástica. En su tiempo y a peticiones suyas se concedió a este obispado la villa de Agüimes para cámara episcopal» [Sosa (1678) 1994: 203].
§ «Vn dia alcansaron aver unas Mugeres de cavello rubio que es muestra de ser Nobles, que buscaban leña las trageron cautibas ala Torre sus paríentes: el Dia siguiente vinieron apedirlas, pues eran alli vezinos todos junto a Aguimes de Guaia / deque, y que ellas les havian hecho bien a los Xristianos, ysus parientes agasajandoles, y que assi les diesen livertad, y se resuelven â negarlo, y procuraban mas cautibos: continuando con sus robos, salieron unatarde serca de noche dose hombres atraer ciertas cabras manzas, que serca de Aguimes. sin Paſtor se divisaban» [Marín 1694, I, 17: 34v-35r].
§ «Del Real de las Palmas corrian la coſta haſta Maspaloma, y Tirajana, y serca de Aguimes en el barranco de Guaia de que hallo Pedro deVera un Canario con ganado que no huio y preguntado dixo que era Xristiano, y se llamaba Juan Maior natural de Lanzarote» [Marín 1694, II, 9: 55v].
§ «[…] en el país de Telde, que incluía los demás territorios, con el gran pueblo de Argones, el de Cendro y el de Agüímez» [Viera (1772, II, 21) 1982a, I: 196].
§ «Ambos jefes [Diego de Herrera y Diego de Silva] marcharon hasta Agüímez, a la cabeza de quinientos hombres formados en columnas […]» [Viera (1772, VI, 19) 1982a, I: 435].
§ «Montaña de Agüimes / GRF MT Toponimia Pico, montaña o puerto principal. Texto / AGÜIMES – GRAN CANARIA // x: 457.968,98- y: 3.086.851,19» [SIT 2017].
N. B. En la cultura amaziq, es frecuente la existencia de lugares sagrados e inviolables, por lo general reservas de pastos comunales o provisión de algún otro bien material o místico, que extienden además su excepcionalidad al refugio, amparo o asilo de personas. Pero, en cualquier caso, si esta lectura sugerida por una parte de las fuentes coloniales no fuera la adjudicada al lugar de Agüimes en el pasado, la acepción ‘pómulo’ o ‘mejilla’, que de igual manera exhibe este lexema [G·M·S], se podría invocar como base para otra creación toponímica que habría tomado como referencia el Roque Aguayro.