faicán

faicán
De *fag-zam, m. sing. lit. ‘descubre reservas de agua’, ‘zahorí’.

*g > y, por palatalización.
fagzam.

1. m. GC. ant. desus. Soc. En la so­ciedad amaziq de Gran Canaria, alto dignatario que desempeñaba funcio­nes religiosas, judicia­les y culturales de gran relevancia. Expr. t.: fag­cam, fagcane, fagçam, fagçan, fagean, fagzam, fagzan, faisán, faissan, fai­zan, faya­can, faycán, faycar, fayçan, faysán, fayzan, ta­gam. Sin.: faizage.

FUENTES

§ «En la Gran Canaria avía dos guadartemes e dos fagçames. Los guadartemes eran reyes en lo seglar, e en todo mayores; los fagçames eran así como en lo espiritual, como obispos»; «fagcames», «fageanes», «fagçanes», «tagames», «fagzames», «fagcane» [Bernáldez (1495) 1993: 513 y ss].

§ «Tenían estos Guadartemes cada uno un faysán, que era a manera de sacerdote, onbre de buen exemplo, el qual en las esterilidades iuntaba la gente y los llebaba como en prosesión a la orilla de la mar, con baras y rramos en las manos, llamando en altas boses, y daban con las baras en el agua; nuestro gran Dios, usando de sus misericordias los probeía» [Matritense (ca. 1540) 1993: 252].

§ «Faisan», «Faissan» [Lacunense (ca. 1554) ca. 1621: 8v, 25r].

§ «Faycán», «Faycar» [Valera (ca. 1480) 1993: 503].

§ «Tenían cada uno de los Guadartemes vn faisán, que llamaban así, que era a manera de saserdote, onbre de buena uida y exsenplo a el qual rrespetaban como a santo» [Ovetense (1478-1512) 1993: 161].

§ «Fayçán» [López de Ulloa (1646) 1993: 273].

§ «Faizán» [López de Ulloa (1646) 1993: 314].

§ «Faican» [Sosa (1678) 1994: 166].

§ «ADíos llamaban Alcorán, reuerenciaban le por solo í etherno y Omnípotente señor de cielo y tierra críador í hacedor de todo; los faizanes eseñaban esto, i ellos eran honbres onestos i de buenas costumbres i exenplo, i eran respetados a modo de los sacerdotes» [Gómez Escudero (ca. 1484) 1934: 67r].

§ «Faicán [Gómez Escudero (ca. 1484) 1936: 78].

§ «Faicanes» [Gómez Escudero (ca. 1484) 1879: 49].

§ «Faizan» [Cedeño (ca. 1490) 1934: 3v].

§ «[…] y en cada uno avía díferentes Pueblos, teníendo en cada uno fayacan para su govíerno, y admínístracíon de Justícía» [Castillo 1737: 39v].